¿Los republicanos de Texas quieren dar recortes de impuestos a las parejas heterosexuales?

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En febrero de 2023, los republicanos de Texas presentaron un proyecto de ley estatal que otorgaría créditos fiscales a las parejas heterosexuales que tienen hijos.

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El proyecto de ley, que otorgaría créditos fiscales a las parejas casadas heterosexuales, no se aplicaría a las parejas que se han divorciado en el pasado. Los niños elegibles bajo el proyecto de ley tendrían que haber nacido o adoptado por la pareja después de casarse, y tendría que haber cuatro o más de ellos antes de que se aplicara la ley. No hay evidencia de que el proyecto de ley sea apoyado por republicanos que no sean el representante estatal Bryan Slaton, quien lo presentó el 27 de febrero de 2023.

El 28 de febrero de 2023, los reclamos sobre un proyecto de ley de impuestos a la propiedad propuesto en la Legislatura de Texas comenzaron a difundirse en plataformas como Gorjeo, Tik Toky Reddit.

“Los republicanos de Texas presentaron un proyecto de ley para otorgar enormes recortes de impuestos a las parejas *heterosexuales* que tienen hijos, con un recorte de hasta el 100% en los impuestos a la propiedad para DIEZ niños”, tuiteó Sawyer Hackett, estratega demócrata y consultor de comunicaciones.

En TikTok, un video decía sobre el proyecto de ley: “Si tiene, no es broma, 10 niños, puede obtener una reducción del 100% en sus impuestos a la propiedad”.

Las afirmaciones tenían elementos verdaderos y engañosos. Es engañoso afirmar que los “republicanos de Texas” introdujeron o respaldaron el proyecto de ley cuando no hay evidencia de que nadie más que el representante Bryan Slaton, el autor de la medida, lo apoye. Slaton, que es republicano, presentó la propuesta en la legislatura de Texas el 27 de febrero.

Descubrimos que es cierto que el proyecto de ley, Proyecto de ley 2889 de la Cámara de Representantes de Texas, daría un recorte del 100% en los impuestos a la propiedad a una pareja casada con 10 hijos que cumplan con ciertos criterios. Además, otorgaría el crédito solo a parejas casadas heterosexuales.

Pero el proyecto de ley no se aplicaría a las parejas que se habían divorciado previamente antes de sus matrimonios actuales. Los niños elegibles bajo el proyecto de ley tendrían que haber nacido o haber sido adoptados por la pareja después de casarse.

HB 2889 define a una pareja casada que calificaría para el crédito fiscal como “un hombre y una mujer que están legalmente casados ​​entre sí, ninguno de los cuales se ha divorciado”. Si un miembro de la pareja fallece, el viudo(a) sería elegible para recibir el crédito siempre y cuando la persona no se volviera a casar. Y si la(s) viuda(s) se volvió a casar, el nuevo cónyuge tendría que adoptar a ese(s) hijo(s) para que se aplicara el crédito.

Parte del proyecto de ley que se ha estado difundiendo en línea dice:

Artículo 31.038. CRÉDITO FISCAL POR VIVIENDA PARA CIERTAS PAREJAS CASADAS. (a) En esta sección: (1) “Hijo calificado” significa un hijo de cualquier edad que es: (A) un hijo natural de ambos cónyuges de una pareja casada calificada nacido después de la fecha en que se casó la pareja casada calificada; (B) un hijo adoptivo de ambos cónyuges de una pareja casada calificada adoptado después de la fecha en que se casó la pareja casada calificada; o (C) el hijo adoptivo de un cónyuge de una pareja casada calificada adoptado después de la fecha en que la pareja casada calificada se casó si el niño es el hijo natural o adoptado del otro cónyuge y ese otro cónyuge era viudo o viudo antes de la fecha en que se casó la pareja casada calificada.

Esto significa que cualquier hijo que cuente para el crédito fiscal según el proyecto de ley tendría que nacer o ser adoptado después de que la pareja se casara. Una sección posterior especifica que este sería el caso independientemente de si los hijos vivían en un hogar separado de la pareja o si los hijos habían muerto.

Más adelante en el proyecto de ley, dice:

(c) Una pareja casada calificada con cuatro o más hijos calificados puede sustituir el 10 por ciento por lo siguiente, según corresponda, al calcular la cantidad de crédito a la que la pareja tiene derecho conforme a la Subsección (b): (1) 40 por ciento, si el pareja casada calificada tiene cuatro hijos calificados; (2) 50 por ciento, si la pareja casada calificada tiene cinco hijos calificados; (3) 60 por ciento, si la pareja casada calificada tiene seis hijos calificados; (4) 70 por ciento, si la pareja casada calificada tiene siete hijos calificados; (5) 80 por ciento, si la pareja casada calificada tiene ocho hijos calificados; (6) 90 por ciento, si la pareja casada calificada tiene nueve hijos calificados; o (7) 100 por ciento, si la pareja casada calificada tiene 10 o más hijos calificados.

Comenzando con cuatro hijos calificados según el proyecto de ley, una pareja casada calificada podría obtener un crédito fiscal de propiedad del 40% si tuvieran cuatro hijos. La desgravación fiscal aumentaría en un 10 % por cada hijo adicional que tengan, y las parejas que tienen 10 o más hijos son elegibles para una desgravación fiscal total del 100 %.

Al momento de escribir este artículo, el proyecto de ley no tiene otros patrocinadores y aún no se ha remitido al comité. Actualizaremos esta verificación de hechos si eso cambia.